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Alquiler de casas flotantes en Warmond

Auto-Capitán

El crucero Olympia 34 ideal para alquilar un yate en Holanda Gracias al completo equipamiento, el Olympia 34 cruiser es el barco ideal para el alquiler de yates en Holanda. El barco ofrece todas las comodidades para 4 a 6 personas: agua corriente fría y caliente, ducha, calefacción, nevera, TV, una gran cocina con cuatro fuegos y horno. No es necesario traer sacos de dormir, mantas o almohadas, ya que pertenecen a nuestro equipo estándar .Gracias a sus 3,90 m de ancho, la Olympia 34 Cruiser no solo es espaciosa, sino también muy estable. Gracias a su construcción baja, puedes navegar en este barco moderno con excelentes características de manejo en cualquier lugar que desees, y también a lugares a los que la mayoría de los barcos no pueden ir. Aunque tengas poca o ninguna experiencia, el barco es fácil de controlar. Una vez que haya leído las instrucciones y haya realizado el entrenamiento personal, ¡puede partir de inmediato! El equipamiento técnico del crucero Olympia 34 tiene el mismo nivel de confort. El motor diésel Volkswagen Marine de 75 CV proporciona la tracción, y las hélices eléctricas de proa y popa facilitan el amarre y el paso por puentes estrechos. Para la navegación, el patrón dispone de un plotter electrónico. Por supuesto, el Olympia 34 cumple con todas las normas de seguridad; hay extintores y chalecos salvavidas a bordo.Este yate de más de 10 m de eslora tiene un gran salón, amplios asientos en la parte trasera y una hermosa plataforma de baño. Si tiene alguna pregunta, podemos responderla a través de la plataforma de mensajería de GetMyBoat antes de pagar. Simplemente pulsa «Solicitar reserva» y envíanos una consulta para obtener una oferta personalizada .

Patrick

Patrick

Dueño
Capacidad
4 pasajeros
Casas Flotantes y barcos para dormir a bordo
Casa flotante
Patrick

Patrick

Dueño

We are letting motor yachts from Warmond in the South of Holland for more than 30 years and are really passionate about boating in Holland.

Características y Detalles

Longitud
38 Pie
Año
2009
  • Chalecos salvavidas / Equipo de seguridad requerido
  • Tipo de combustible: Diesel
  • Motor único
  • Trazador de gráficos
  • Propulsores de arco
  • Bimini
  • Dirección de la rueda
  • Motor interior
  • Inodoro
  • Cabina

Ubicación aproximada

Recibirás indicaciones para llegar al lugar de salida cuando hagas la reserva.

La ubicación aproximada del barco en un mapa.
Ubicación aproximada

Términos e información adicionales

Aplicabilidad 1. Estos términos y condiciones generales se aplican a todos los contratos de alquiler de embarcaciones celebrados entre el propietario y el consumidor. 2. Estos términos y condiciones se pueden traducir del holandés a un idioma extranjero. Si hubiera alguna diferencia en los textos como resultado de la traducción, prevalecerá el texto en holandés .La oferta/ Cuatación La oferta consiste en una descripción completa y precisa de la embarcación que se va a alquilar y, en cualquier caso, indica: - el período de alquiler y el puerto desde el que zarpa y al que llega; - el alquiler cobra los costes adicionales y el método de pago. El precio y las modificaciones del precio 1. El precio del alquiler y cualquier coste adicional que el consumidor deba pagar se acuerdan de antemano, al igual que cualquier derecho a modificar el precio provisional. 2. El propietario puede repercutir en cualquier momento las modificaciones de los impuestos, impuestos especiales y otros gravámenes gubernamentales similares.Cancelación Si el consumidor desea cancelar el contrato de alquiler, debe informar al propietario lo antes posible por escrito o electrónicamente. En caso de cancelación, el consumidor está obligado a pagar al propietario una compensación fija que asciende a:- El 75% de los gastos de alquiler acordados en caso de cancelación al menos un mes antes del inicio del período de alquiler; - El 100% de los gastos de alquiler acordados en caso de cancelación en el plazo de un mes a partir del inicio del período de alquiler. El propietario puede cancelar un contrato de alquiler relativo a embarcaciones de vela y/o motor abiertas para las que el período no sea superior a dos días. Si la empresa de alquiler no informa al consumidor por escrito a su debido tiempo, el propietario está obligado a pagar al consumidor el 25% del importe adeudado en concepto de gastos de alquiler.Si el consumidor cancela, puede pedir al propietario que acepte la sustitución por un tercero. Si el propietario acepta al tercero mencionado anteriormente, el consumidor solo tendrá que pagar el 10% de los gastos de alquiler acordados, con un mínimo de 45,50€ y un máximo de 113,50€.Obligaciones del propietario 1. Al inicio del período de alquiler, el propietario pone la embarcación a disposición del consumidor. El propietario se asegura de que la embarcación esté en buenas condiciones, de que pueda cumplir el propósito para el que está destinada y de que esté equipada con un equipo de seguridad fiable y adecuado para la zona de navegación acordada.2. El propietario está obligado a asegurar la embarcación para que la utilice el consumidor, de modo que haya una cobertura adecuada en caso de responsabilidad civil, daños en el casco y robo cuando navegue en la zona acordada por el propietario y el consumidor .3. En caso de mal tiempo (fuerza del viento de 5 Bft o más) y/o uso excesivo de alcohol y/o drogas, el propietario puede prohibir al consumidor salir u ordenarle que regrese al puerto deportivo o zarpe sin demora hasta un punto de amarre especificado por el propietario.4. Antes de que el consumidor zarpe en la embarcación, el propietario debe firmar la lista de condiciones como correcta. El propietario hace una copia de la lista de condiciones firmada y se la entrega al consumidor.5. El propietario proporciona al consumidor un inventario antes de que este último zarpe en el buque .Obligaciones del consumidor 1. El consumidor debe poseer las habilidades de navegación adecuadas. Si el consumidor no tiene el correspondiente diploma de la CWO (expedido por el Comité para la Formación en Deportes Acuáticos) o un diploma equivalente, que debe ser evaluado por el propietario, entonces el consumidor debe tener al menos 18 años. Este límite de edad de 18 años no se aplica a las embarcaciones de vela y/o motor abiertas. 2. El consumidor está obligado a comprobar el inventario, tal como figura en la lista de inventario que le ha entregado el propietario, y también a comprobar la presencia en la embarcación de un equipo de seguridad adecuado para la zona de navegación en cuestión. 3. Antes de partir en el buque, el consumidor debe firmar la lista de condiciones como correcta. 4. Si el inventario presente a bordo no se corresponde con el inventario indicado en la lista de inventario, o si el equipo de seguridad está incompleto o defectuoso, el consumidor debe informar de ello al propietario antes de la salida. 5. El consumidor utiliza la embarcación con el debido cuidado y diligencia, a la manera de un buen capitán y de acuerdo con el propósito previsto. El consumidor no puede alterar la embarcación de ninguna manera. El consumidor no puede poner la embarcación a disposición de nadie más sin el permiso por escrito del propietario. 6. Al final del período de alquiler, el consumidor transfiere la embarcación al propietario en el momento y lugar acordados y en el mismo estado en que la recibió. 7. Los costes directamente relacionados con el uso del buque, como las tasas de los puertos, los puentes, los muelles, las esclusas y el amarre, y los costes del combustible corren a cargo del consumidor. 8. El consumidor necesita el permiso del propietario para realizar las reparaciones. El propietario reembolsa los costes de las reparaciones al consumidor si se presentan las facturas especificadas. 9. Los costos del mantenimiento normal y la reparación de los defectos corren a cargo del propietario .El consumidor debe informar al propietario lo antes posible de cualquier daño de cualquier tipo o, según sea el caso, de los hechos y/o circunstancias que podrían provocar razonablemente un daño. El consumidor debe seguir las instrucciones del propietario para proteger la embarcación y preservar los derechos del propietario. Responsabilidad1. El consumidor es responsable de cualquier daño y/o pérdida de la embarcación que no esté cubierto por el seguro y que se produzca durante el tiempo que esté en posesión de la embarcación. El consumidor no es responsable si puede demostrar que el daño y/o la pérdida no han sido causados por él o por una de sus partes, o que no pueden atribuirse a él o a una de sus partes. El término daño también se refiere a la pérdida consecuente .2. El consumidor es plenamente responsable de cualquier daño o pérdida consecuente que cause y que no esté cubierto por el seguro en virtud del seguro, en caso de que utilice la embarcación en una zona de navegación no acordada por él y el propietario .3. El consumidor es plenamente responsable de los daños y costes que no estén cubiertos por el seguro por este motivo y que se deban al incumplimiento de las instrucciones emitidas por el propietario para proteger la embarcación y preservar los derechos del propietario.4. El propietario no se hace responsable de los daños a los objetos ni de ninguna lesión o accidente personal, a menos que el daño y/o esa lesión/accidente sean consecuencia directa de un defecto en la embarcación que el propietario haya puesto a disposición.Reclamaciones 1. Las reclamaciones relativas a la ejecución del contrato deben ponerse en conocimiento del propietario por escrito o de forma electrónica y deben describirse y explicarse adecuadamente, dentro de un plazo razonable, una vez que el consumidor haya notado o debería haber notado los defectos.2. No presentar la reclamación a tiempo puede hacer que el consumidor pierda su derecho al respecto, a menos que no sea razonable culpar al consumidor de esta tardanza .3. Si queda claro que la queja no puede resolverse mediante una consulta mutua, ha surgido una situación de disputa .Reglas de solución de controversias 1. Las controversias entre el consumidor y el propietario relacionadas con la preparación o la ejecución de contratos relativos a los servicios y artículos entregados o por entregar por este propietario, y a los que se apliquen estos términos y condiciones, pueden ser presentadas por el consumidor o por el propietario ante el Comité de Solución de Controversias sobre Actividades Relativas al Agua. 2. El Comité de Solución de Controversias mediará en una disputa solo si el consumidor ha presentado primero su queja al propietario. 3. El Comité de Solución de Diferencias mediará en una controversia solo si la controversia implica una suma no superior a 14 000 euros. 4. Las disputas que involucren intereses financieros superiores a 14.000 euros solo podrán ser tramitadas por el Comité si ambas partes acuerdan explícitamente hacerlo. 5. Una vez que se haya presentado la queja al propietario, la controversia debe presentarse al Comité de Solución de Controversias a más tardar tres meses después. 6. Si un consumidor presenta una disputa ante el Comité de Solución de Controversias, el propietario está obligado a acatar esta decisión. Si el propietario presenta una controversia ante el Comité de Solución de Controversias, debe pedir al consumidor que declare en un plazo de cinco semanas si está de acuerdo con ello. El propietario también debe anunciar que se considerará libre de llevar la disputa ante el tribunal, una vez que haya finalizado el período mencionado anteriormente. 7. El Comité de Solución de Diferencias pronuncia su sentencia teniendo debidamente en cuenta los términos del reglamento que se aplican al Comité. La decisión del Comité de Solución de Diferencias se toma de conformidad con ese reglamento mediante una decisión vinculante. El reglamento se envía si es necesario. Se paga una tarifa por escuchar una disputa. 8. Solo un tribunal o el Comité de Solución de Controversias antes mencionado están autorizados a conocer de las controversias.

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