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Registrado comercialmente, licenciado y asegurado con un capitán con licencia de la USCG proporcionado. No deje que su viaje se interrumpa, pida siempre a su capitán las credenciales, ya que existen numerosos chárteres ilegales. Este barco no puede ser operado por un fletador, no se alquila sin tripulación y se debe utilizar el capitán de la compañía . Uso mínimo de 2 horas. ¡Ahora con sombrillas completas de proa a popa! La Bonnie Lee es una preciosa Boston Whaler 250 Outrage. Si buscas qué barcos son los mejores, el Boston Whaler encabeza la lista. Esta consola central de estilo lujoso y apta para alta mar puede acomodar fácilmente a 6 personas a bordo de sus 25 pies de eslora. Con asientos de proa cómodos para 4-5 adultos, un banco trasero para 2 adultos, 2 asientos tipo salto, asientos individuales a ambos lados en el centro del barco y un asiento adicional al lado del Capitán, los huéspedes encontrarán espacio de sobra para disfrutar del día. Está equipada con lo último en electrónica con múltiples redundancias, sistema Fusion Stereo, piloto automático y radar. El Bonnie Lee también contiene todo el equipo de seguridad de la USCG que supera con creces los requisitos mínimos. Los chalecos salvavidas tipo 1 para alta mar están disponibles para todas las personas a bordo, incluidos los niños. Están equipados con botiquín de primeros auxilios, argolla, corchete, señales de dificultad visual, EPIRB y mandos inalámbricos Man Overboard para niños. El barco cuenta con 2 rociadores para esos días de playa salada y tiene una manguera para rociar sillas de playa, sombrillas o vagones. Además de la hielera tipo yeti, la escotilla del piso delantero es ENORME. También está aislada y puede servir como una hielera adicional con capacidad para más de 75 libras de hielo. 450$ por las primeras 2 horas y 150$ por hora adicional a partir de entonces. El precio incluye la tarifa del capitán, el combustible, 20 libras de hielo y agua embotellada. No dudes en traer tu propia hielera, bebidas/aperitivos (se recomienda) . La propina no está incluida ni es obligatoria. Si optas por mostrar tu agradecimiento por el excelente servicio prestado, el estándar del sector es entre el 15 y el 20% del total del viaje pagado al capitán. Hay provisiones adicionales disponibles previa solicitud, pagando un suplemento o trayendo las suyas propias* (se aplican algunas exclusiones) . La parte que haga la reserva debe aceptar nuestro contrato de chárter y nuestro acuerdo de responsabilidad civil y abonar un depósito de 250$ para cubrir posibles desperfectos totalmente reembolsable al realizar la reserva. Los clientes embarcarán y partirán en Lake Park Marina, a pocos minutos de Peanut Island, en Riviera Beach. *El vino negro, los envases de vidrio, el protector solar en aerosol, la suela dura o la fabricación de zapatos y cualquier producto que contenga THC están estrictamente prohibidos a bordo. Nos adherimos a una estricta política de tolerancia cero contra el acoso. El capitán de la embarcación tiene la última palabra en todos los asuntos relacionados con la operación y navegación seguras de la embarcación. Si tiene alguna pregunta, podemos responderla a través de la plataforma de mensajería de GetMyBoat antes de pagar. Simplemente pulsa «Enviar consulta de reserva» y envíanos una consulta para obtener una oferta personalizada.
JD
Matt is professional, kind, personable, and knowledgeable. The whole experience exceeded my expectations from how clean/nice the boat was to what a great Captain Matt was. When people do what they love for a living it is obvious!
I'm a USCG Licensed Inland Master 50GRT / Master 25GRT Near Coastal, freelance Boat Captain and Operations Manager and Captain in Riviera Beach Florida. I've spent my life on the water and behind the helm recreationally before becoming a professional mariner starting in 2021.
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1. Acuerdo de alquiler y alquiler. La COMPAÑÍA se compromete a fletar la embarcación al FLETADOR y el FLETADOR se compromete a alquilar la embarcación descrita anteriormente en los términos y condiciones establecidos en este Acuerdo de fletamento de embarcaciones («Acuerdo»). El FLETADOR se compromete a pagar la tarifa de fletamento, la tarifa de entrega/reentrega, el depósito por daños (si lo hubiera) y cualquier otro cargo o gasto de funcionamiento acordado en los fondos compensados, a más tardar en las fechas indicadas anteriormente. Los términos en mayúscula de este Acuerdo se refieren a los términos correspondientes de la tabla anterior, a menos que se defina lo contrario en el presente documento. 2. Entrega de embarcaciones. El amarre de origen de la embarcación se encuentra en Loggerhead Marina, Riviera Beach, Florida («atraque de origen»), con una ubicación secundaria en Lake Park Marina, Lake Park Florida («ubicación secundaria»), que se utiliza para recoger y dejar a todos los clientes. Si CHARTERER especifica una ubicación de entrega o reentrega que no sea la ubicación secundaria de la embarcación, CHARTERER puede ser responsable de las tarifas incurridas para mover la embarcación hacia y desde la ubicación secundaria, incluidos los salarios de la tripulación , el combustible y cualquier otro costo relacionado. Al comienzo del período de fletamento, la COMPAÑÍA entregará la embarcación en el lugar de entrega y el FLETADOR recibirá la embarcación en su totalidad y en buen estado de funcionamiento, en condiciones de navegar, limpia, en buenas condiciones, con los tanques llenos y listos para el servicio, con todo el equipo requerido por la Guardia Costera de los Estados Unidos, incluido el equipo actual de seguridad y salvamento (incluidos los chalecos salvavidas para niños, si alguno de los huéspedes del FLETADOR es niño). 3. Reentrega por parte del fletador. El FLETADOR debe volver a entregar la embarcación a la COMPAÑÍA en el lugar de la nueva entrega, libre de cualquier deuda en la que haya incurrido el FLETADOR y en tan buenas condiciones como cuando recibió la entrega. Si el FLETADOR lo desea, y con el consentimiento de la COMPAÑÍA, que no se negará de manera injustificada, el FLETADOR podrá volver a entregar la embarcación en el lugar de la nueva entrega y desembarcar antes de que finalice el período de fletamento, pero dicha nueva entrega anticipada no dará derecho al FLETADOR a ningún reembolso de ninguna parte de la tarifa de fletamento. 4. Área de crucero y uso. El FLETADOR restringirá el crucero del buque a la zona de crucero y a las regiones dentro de la zona de crucero en las que el buque esté legalmente autorizado a navegar. La zona de crucero no podrá superar en ningún caso los límites de navegación establecidos en la póliza de seguro de la embarcación. El FLETADOR acepta que la embarcación se utilizará exclusivamente como embarcación de pasajeros no inspeccionada de conformidad con las leyes y reglamentos marítimos de los Estados Unidos y no la utilizará para transportar carga, realizar actividades comerciales ni infringir ninguna ley o reglamento de los Estados Unidos o de ninguna jurisdicción en la que pueda viajar la embarcación. La embarcación cumplirá con todas las leyes, normas y reglamentos de las agencias gubernamentales de los Estados Unidos, los estados individuales y cualquier otra jurisdicción en la queViajes en barco, incluidos los parques marinos, santuarios y áreas protegidas federales y estatales. El Capitán será responsable de dicho cumplimiento y el FLETADOR deberá acatar las decisiones del Capitán a este respecto. Tolerancia cero con las drogas o el contrabando. El uso, el transporte o la posesión de drogas o narcóticos ilegales, o de cualquier otro tipo de contrabando, o la participación en cualquier otra actividad ilegal, como el transporte de extranjeros ilegales, están estrictamente prohibidos. La participación en cualquiera de estas actividades por parte del ARRENDATARIO o de cualquiera de los huéspedes o invitados del FLETADOR constituye un incumplimiento de este Acuerdo y será causa de la rescisión inmediata de este Acuerdo sin reembolso de la tarifa de fletamento ni de ningún otro pago realizado por el FLETADOR. También se entiende específicamente que la posesión o el uso de cualquier arma (incluidas, en particular, armas de fuego) están estrictamente prohibidos a bordo del Buque y el incumplimiento será motivo suficiente para que la COMPAÑÍA rescinda el fletamento de inmediato sin reembolso ni recurso contra la COMPAÑÍA. 5. Número máximo de personas. El FLETADOR no permitirá, en ningún momento durante el período de fletamento, más del número máximo de pasajeros que naveguen a bordo. (Máximo de 6 pasajeros) 6. Capitán y tripulación. La COMPAÑÍA proporcionará un capitán profesional aprobado por el seguro para la embarcación. El Capitán tendrá la licencia y la calificación adecuadas, tendrá conocimientos y estará familiarizado con la embarcación y las aguas de la zona de crucero. El Capitán tendrá los conocimientos y la experiencia suficientes para administrar y manejar la embarcación de manera segura y competente en todo momento. El Capitán operará la embarcación únicamente con fines lícitos y cumplirá con todas las normas, reglamentos y leyes aplicables de los Estados Unidos y de cualquier otra jurisdicción en la que pueda viajar la embarcación. La COMPAÑÍA se asegurará de que el Capitán no lleve ni consuma drogas ilegales a bordo de la embarcación. 7. Autoridad del capitán. El Capitán, junto con el FLETADOR, dirigirán el curso del viaje y acordarán de común acuerdo la administración, el funcionamiento y el movimiento del buque, si lo permiten el viento, el clima y otras circunstancias. Sin embargo, se entiende que el Capitán tiene el mando total de la embarcación y que el FLETADOR se compromete a acatar su criterio en cuanto a la navegación, las condiciones climáticas, la selección del fondeadero y otros asuntos pertinentes. 8. Gastos y costos operativos. La tarifa de fletamento incluye el flete de la embarcación con todo su equipo en funcionamiento. La COMPAÑÍA puede proporcionar agua embotellada y hasta 20 libras de hielo. El FLETADOR será responsable de los alimentos y bebidas (consulte las normas y políticas publicadas en nuestro sitio web para obtener información sobre los alimentos y bebidas permitidos) o de los costos de compra de cualquier artículo o equipo especial que se coloque a bordo a petición del FLETADOR (en conjunto, los «costos operativos»). 9. Cancelaciones. Si el FLETADOR cancela al menos siete (7) días antes de que comience el período del fletamento, se reembolsarán todas las tarifas de depósito del fletamento. Si el fletador cancela menos de siete (7) días antes del inicio del chárter, pero más de tres (3) días antes del inicio del chárter, la COMPAÑÍA reembolsará el cincuenta por ciento (50%) del depósito del fletamento. Si el fletador cancela con menos de tres (3) días de antelación al inicio del fletamento, el fletador no recibirá ningún reembolso de ningún depósito o tarifa de fletamento abonados. Todas las cancelaciones deben entregarse por escrito y ser reconocidas por las partes. 10. Falta de presentación, retraso en el inicio, retraso en la reentrega. Si el FLETADOR no se presenta a la hora y el lugar acordados sin avisar previamente de la cancelación, tal como se especifica en el párrafo 10, el FLETADOR perderá todos los depósitos. Si el fletador llega tarde a la hora y el lugar acordados para comenzar el período de fletamento, el fletador continuará, pero finalizará a la hora especificada, tal como se acordó originalmente, y el fletador no recibirá ningún reembolso de la tarifa de fletamento. Si CHARTERER llega tarde al chárter y desea extender el Período de fletamento, la COMPAÑÍA, a su entera discreción, puede permitir que se extienda el Período de fletamento; sin embargo, CHARTERER será responsable de pagar proporcionalmente el tiempo extendido además de la tarifa de fletamento. Si el FLETADOR no vuelve a entregar la embarcación a tiempo siguiendo las instrucciones del FLETADOR o debido a la conducta o las acciones del FLETADOR, EL FLETADOR debe pagar a la COMPAÑÍA a prorrata por el tiempo que se retrase la entrega del buque. 11. Seguro, riesgo de pérdida. La COMPAÑÍA se compromete a mantener la embarcación totalmente asegurada contra los riesgos de incendio, marítimos y de colisión, y con una cobertura de protección e indemnización durante todo el período de fletamento. El FLETADOR no será responsable de ninguna pérdida o daño de este tipo cubiertos por dicho seguro. El FLETADOR puede comprar una cobertura de responsabilidad adicional por su cuenta. La COMPAÑÍA no se hace responsable de la pérdida o el daño a la propiedad personal ni de ninguna lesión que sufra el FLETADOR o cualquier miembro de su grupo durante la vigencia de este fletador, independientemente de que dicha pérdida se produzca en la embarcación o en otro lugar, a menos que dicha pérdida, daño o lesión sea el resultado directo e inmediato de una negligencia grave o mala conducta deliberada de la COMPAÑÍA. Más específicamente, pero sin limitar lo anterior, la COMPAÑÍA y sus aseguradores de seguros no aceptan ninguna responsabilidad por accidentes, lesiones o muertes relacionadas con el equipo de pesca o deportes acuáticos de la embarcación, ya sea suministrado por la COMPAÑÍA o EL FLETADOR. 12. Accidentes. La COMPAÑÍA acepta que si la embarcación, después de la entrega, sufriera una avería en la maquinaria o quedara inutilizada o dañada por un incendio, un encallamiento, una colisión u otra causa que impidiera su uso por el FLETADOR durante el período de fletamento, siempre que nada de lo anterior haya sido causado por ningún acto del FLETADOR, este tendrá derecho a rescindir el fletador. La COMPAÑÍA realizará una devolución proporcional de todas las tarifas de fletamento al FLETADOR desde el momento en que se produzca dicha pérdida o daño. 13. Fuerza mayor. La fuerza mayor se define como cualquier causa atribuida a casos fortuitos, accidentes, desastres naturales, condiciones meteorológicas, guerras, ataques terroristas, ataques de ciberseguridad, o cualquier otro suceso que esté fuera del control razonable de la COMPAÑÍA y no sea causado por la negligencia de la COMPAÑÍA. No se ofrece ninguna garantía en cuanto a la idoneidad del clima con respecto a esta carta. Si una tormenta de viento determinada amenaza o se prevé que amenace la ubicación prevista del chárter, según lo determine el Capitán a su entera discreción, el Capitán tendrá la opción de rescindir o cancelar el chárter en cualquier momento que lo considere necesario. Se reembolsará la totalidad de las cancelaciones debidas a condiciones meteorológicas que impidan a la embarcación iniciar el fletamento. En caso de que las inclemencias meteorológicas, según el buen criterio del Capitán, hagan que el fletador termine antes de la hora acordada para el fletador, el fletador recibirá una devolución proporcional de todos los gastos de fletamento por el tiempo perdido.14. Depósito de daños. A menos que se disponga lo contrario en la página 1 de este Acuerdo, la COMPAÑÍA retendrá cualquier depósito por daños requerido y podrá utilizarlo para eximir cualquier responsabilidad en la que el FLETADOR pueda incurrir en virtud de cualquiera de las disposiciones de este Acuerdo. En la medida en que el depósito por daños no se utilice de esa manera, se reembolsará al FLETADOR sin intereses, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas posteriores al final del Período de fletamento o de la resolución de todas las cuestiones pendientes, lo que ocurra más tarde. 15. Pago de tarifas de fletamento y otros dineros a la Compañía. La COMPAÑÍA retendrá todos los fondos recibidos de conformidad con este Acuerdo. La COMPAÑÍA puede retener todas las tarifas de fletamento una vez que el chárter haya comenzado o de acuerdo con la política de cancelación especificada en este documento. 16. Indemnización. El FLETADOR indemnizará, defenderá y eximirá de responsabilidad a la COMPAÑÍA, al atraque de origen y/o al lugar secundario contra y desde cualquierserá responsable por las pérdidas, daños o gastos en los que incurra el ARRENDATARIO o los huéspedes del FLETADOR como resultado de la negligencia o el acto doloso del FLETADOR o de los huéspedes del FLETADOR. 17. Privilegios marítimos. El FLETADOR no puede incurrir ni permitir ningún embargo marítimo, salvamento o deuda sobre la embarcación o sobre el crédito de la COMPAÑÍA. El FLETADOR no puede abandonar la embarcación o celebrar un acuerdo de salvamento sin el consentimiento previo por escrito de la COMPAÑÍA. El FLETADOR indemnizará y retendrá a la COMPAÑÍANo incurrirá en responsabilidad alguna por cualquier embargo marítimo, salvamento o deuda que pudiera derivarse del crédito de la Embarcación o de la COMPAÑÍA como resultado de cualquier acto u omisión del FLETADOR. 18. Reglas y políticas de la Carta. El FLETADOR se compromete a cumplir con todas las reglas y políticas de Charter actualmente en vigor y publicadas en nuestro sitio web, reglas y políticas que se incorporan al presente documento. En caso de discrepancia entre el idioma del Las reglas y políticas publicadas y este Acuerdo, prevalecerá en el idioma de las reglas y políticas publicadas. 19. Disposiciones varias. 19.1. Ley aplicable y jurisdicción. Este Acuerdo se regirá e interpretará de conformidad con la ley marítima general de los Estados Unidos y, paraen la medida en que dicha ley no establezca una norma de decisión, se aplicará la ley del Estado de Florida, independientemente de cualquier principio de conflicto de leyes que exija la aplicación de cualquier otra ley. Cualquier disputa que surja de o esté relacionada con este Acuerdo o cualquier supuesto incumplimiento del mismo se resolverá en PalmCondado de Beach, Florida. 19.2. Acuerdo completo. Este Acuerdo constituye el único acuerdo entre la COMPAÑÍA y CHARTERER con respecto a su objeto. Sustituye cualquier acuerdo o comunicación previa escrita u oral entre las Partes. No podrá modificarse excepto mediante un escrito firmado por las Partes. 19.3. Sucesores y representantes. Este Acuerdo vincula y redunda en beneficio de las Partes y sus respectivos herederos, representantes personales ysucesores. 19.4. Falta de asignación. El FLETADOR no podrá ceder este Acuerdo ni subfletar el buque ni ninguna parte del mismo en ningún momento sin el previo consentimiento de la COMPAÑÍAconsentimiento por escrito. 19.5. Avisos. Cualquier aviso dado o exigido por el FLETADOR o la COMPAÑÍA en virtud del presente Acuerdo se comunicará por escrito y se considerará que se ha entregado correctamente de la siguiente manera: (i) si se envió por correo, cuándo y si se envió con prepago y con la dirección correcta por correo o de buena fe servicio de mensajería; (ii) si se envía por fax, cuándo y si se transmite con confirmación; y (iii) si se envía por correo electrónico, cuándo y si se transmite sin ningún error o sin entrega mensaje. En el caso de la COMPAÑÍA, la notificación debe enviarse a la dirección que figura en la página 1 de este Acuerdo o, en el caso del FLETADOR, a la dirección del FLETADOR que figura en la página 1 de este Acuerdo o, cuando corresponda, al FLETADOR a bordo del buque .19.6. Honorarios de abogados. En cualquier disputa que surja de o esté relacionada con este Acuerdo, la parte vencedora tendrá derecho a obtener una indemnización de la parte no prevaleciente además de cualquier otra reparación a la que pueda tener derecho la parte vencedora, los honorarios razonables de los abogados (incluidos los honorarios de los asistentes legales), los tribunales las costas y todos los demás gastos en los que incurra la parte vencedora, incluso si no están sujetos a impuestos como costas judiciales, incluidos, entre otros, todos los honorarios, costas y gastos incidente con respecto a las apelaciones. 19.7. Separabilidad. Si alguna parte de este Acuerdo se considera inaplicable por cualquier motivo, el resto seguirá siendo plenamente aplicable .19.8. Contrapartes. El presente Acuerdo puede firmarse en contrapartes, cada una de las cuales se considera original (incluidas las firmas acreditadas por fax ,correo electrónico u otros medios electrónicos), todos los cuales constituyen un mismo instrumento. 19.9. Encabezados. Los encabezados son únicamente para su comodidad y no afectan a la interpretación de este Acuerdo Cada Parte firma este Acuerdo en la fecha que figura debajo de la firma de la Parte.